Código de Buen Gobierno en el deporte, caso México
El tema del buen gobierno en México es un tema poco explorado en el deporte mexicano y de reciente tratamiento. Sabemos que la protección contra la gestión indebida en las instituciones y organismos deportivos, públicos y privados es el punto de encuentro con temas relacionados con la responsabilidad y la transparencia en la gestión. Por ello en muchos países existe un Código de Buen Gobierno que se presenta como un instrumento de adhesión voluntaria cuyo ideal es la observación y cumplimiento de este por las instituciones y organismos deportivos, en alineación a sus normativas, como los Códigos de Integridad, Ética y Conducta, según los estatutos particulares y la normativa de cada institución.
La promoción de las mejores prácticas, así como de los valores para prevenir y erradicar actos inapropiados relacionados con la gestión del deporte en México, constituía la aspiración de contar con una propuesta de un Código de Buen Gobierno, como instrumento de carácter normativo que establece lineamientos, directrices, normas, mecanismos, reglas y políticas que se esperan del órgano de gobierno de un organismo o institución deportiva. Es por ello que en el mes de abril de 2019, la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, encargada de conducir la política nacional en materia de cultura física y deporte en México, firmó un convenio de colaboración con la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA) cuyo objeto fue establecer las bases y mecanismos de colaboración en materia de combate a la corrupción en el ámbito deportivo nacional.
En materia de prevención y combate a la corrupción en México, la SESNA, es el organismo de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción que contribuye, desde su ámbito de competencia, a la consolidación del Sistema Nacional Anticorrupción y al diseño, promoción, implementación y seguimiento de políticas públicas en la materia.
Con la firma de este convenio, se consideró aprovechar esta coyuntura y celebrar, entre ambas partes, un acuerdo para la elaboración de un Código de Buen Gobierno que aplicara en su regulación, a todas las instituciones y organismos del deporte que forman parte del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE).
El SINADE es la máxima instancia colegiada permanente de representación y gobierno, cuyo objetivo es generar las acciones, financiamientos y programas necesarios para la coordinación, fomento, ejecución, apoyo, promoción, difusión y desarrollo en esta materia. Norma Olivia González Guerrero
Son integrantes del SINADE en términos de la Ley General de Cultura Física y Deporte: • La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE); • Los órganos de Cultura Física y Deporte de las entidades federativas, los municipios, y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; • El Comité Olímpico Mexicano, A.C.; • El Comité Paralímpico Mexicano, A.C.; • Las federaciones deportivas nacionales; • Los consejos nacionales de deporte estudiantil; • Las entidades deportivas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Instituto Politécnico Nacional (IPN) e Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); y • Las asociaciones y sociedades que estén legalmente reconocidas.
Por lo anterior y dada la firma del acuerdo antes referido, en septiembre de 2020, SESNA firmó un acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC por sus siglas en inglés) para desarrollar estrategias y mecanismos orientados a fortalecer las capacidades de prevención y combate a la corrupción en el sector deporte en México.
Es importante mencionar que la UNODC ha firmado acuerdos de cooperación y establecido relaciones de trabajo con diversas instituciones del sector deportivo para prevenir y combatir la corrupción en este sector. Entre estos se encuentran los acuerdos de cooperación respectivamente con el Comité Olímpico Internacional (COI) y la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA), y la Alianza Internacional contra la Corrupción en el Deporte (IPACS por sus siglas en inglés) coordinada por la UNODC, el COI, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD por sus siglas en inglés), el Consejo de Europa y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Como fundamento que se planteó para la elaboración del Código de Buen Gobierno en México, y que se encuentra en los antecedentes del mismo, es que en el ámbito internacional, la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción es el único instrumento anticorrupción universal legalmente vinculante.
Entre sus objetivos está promover y reforzar las medidas para prevenir y combatir la corrupción de manera más eficiente y efectiva; promover facilitar y respaldar la cooperación, así como la asistencia técnica internacional en la prevención y la lucha contra la corrupción; promover la integridad, rendición de cuentas y correcta gestión de los asuntos y bienes públicos.
El capítulo II de la Convención está dedicado a la prevención, con medidas dirigidas tanto al sector público como al privado. Los Estados deben esforzarse por garantizar que sus servicios públicos estén sujetos a salvaguardias que promuevan la eficiencia, la transparencia y la contratación basada en el mérito. La prevención de la corrupción pública también requiere un esfuerzo de la sociedad en general, por lo tanto, la Convención pide a los Estados Parte que promuevan activamente la participación del sector privado y de la sociedad civil, y que sensibilicen a la población sobre la corrupción y su la manera de prevenirla.
En sus artículos 7 y 8, la Convención alienta a los Estados Parte a desarrollar normativa sobre conflictos de intereses y a establecer códigos de conducta que incluyan prohibiciones, restricciones y obligaciones específicas contra la corrupción como, por ejemplo, en relación con la declaración patrimoniales y posibles conflictos de intereses.
Estas disposiciones pueden aplicarse al ámbito del deporte de diversas formas: a) Los Estados Parte pueden introducir disposiciones de prevención de la corrupción que se apliquen a personas funcionarias públicas, incluidas las responsables de regular el deporte. Éstas pueden desarrollarse teniendo en cuenta las particularidades del deporte. Por ejemplo, elaborando una lista de riesgos de conflictos de intereses que deben gestionarse o mitigarse o, regulación de las interacciones con la directiva y personal de las organizaciones deportivas, especialmente en relación con los regalos y la hospitalidad, como son la distribución de entradas a eventos y mercancías. b) Los Estados Parte pueden imponer directa o indirectamente disposiciones anticorrupción a personal del sector público y privado del deporte, atletas, y personal de entrenamiento y arbitraje. Esto puede lograrse obligando a las organizaciones deportivas que solicitan y reciban financiamiento público, a adoptar y aplicar medidas destinadas a aumentar la transparencia y promover la buena gobernanza y la ética. Otra medida, es extender al sector deportivo las normas de prevención de la corrupción desarrolladas originalmente para el funcionariado público. c) Los Estados Parte y los organismos deportivos internacionales y nacionales pueden establecer estándares de conducta. Por ejemplo, el Código de Ética del Comité Olímpico Internacional (COI) y el Código de Ética de la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA). Norma Olivia González Guerrero
Particularmente, en el tema de corrupción en el deporte, la resolución 7/8 de la Conferencia de los Estados Parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción exhorta, entre otros, a los Estados Parte a: • Intensificar esfuerzos para prevenir y combatir la corrupción en el deporte, y fomentar la participación en este esfuerzo de la sociedad civil, el sector privado, el mundo académico, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones con base en la comunidad. • Promover en el sector prácticas éticas y de transparencia, establecimiento de controles internos, formulación de programas de capacitación específicos de acciones contra la corrupción, aplicación de mecanismos internos para denunciar actos de corrupción y cooperación con investigaciones oficiales. También, la resolución 8/4 de la misma Conferencia de Estados Parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción invita, entre otros, a: – Que los Estados Parte y a otros interesados, incluyendo las organizaciones, federaciones y asociaciones deportivas, los atletas, los medios de comunicación, la sociedad civil, el mundo académico y el sector privado, a que promuevan una mayor conciencia, desarrollen su capacidad y presten asistencia técnica a fin de hacer frente a la corrupción en el deporte. – Que los Estados Parte y a las instituciones deportivas alienten la creación de mecanismos de denuncia en el deporte, adoptar medidas eficaces de protección para denunciantes y testigos, y sensibilizar al público sobre la existencia de esas medidas. – Promuevan y mejoren las prácticas éticas y la transparencia en el deporte, particularmente en temas como: limitación de duración de mandato de altos funcionarios de organizaciones deportivas; elaboración y aplicación de políticas sobre conflictos de intereses; preparación y difusión pública de estatutos, reglamentos, informes anuales, informes sobre acontecimientos deportivos importantes, informes financieros, decisiones adoptadas en reuniones de juntas ejecutivas, entre otras.
Como resultado de todo lo antes establecido, el acuerdo signado en México incluye, en su desarrollo, la promoción de la cultura de ética e integridad de los organismos e instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Cultur Física y Deporte, mediante el fortalecimiento de un Código de Buen Gobierno para el sector deporte en México, originalmente elaborado por CONADE en 2019. El fortalecimiento de este Código responde a las problemáticas y riesgos reales del sector deportivo en México, y se encuentra alineado a los estándares internacionales de integridad. Cabe resaltar que para el diseño del Código de Buen Gobierno se realizaron las siguientes acciones, en cooperación con los miembros del SINADE: • Diagnóstico sobre el nivel de riesgo real y percibido de corrupción en el sector, con énfasis en el conflicto de intereses. • Revisión y análisis del Código de Buen Gobierno del sector deporte en México, por cada una de las partes involucradas. • Fortalecimiento del Código para que establezca una cultura de “cero-tolerancia” a la corrupción en las instituciones integrantes del sector deporte en México, con base en los riesgos identificados en la fase de diagnóstico y las buenas prácticas internacionales en materia de integridad en las instituciones deportivas. • Socialización y retroalimentación del Código.
Finalmente, y habiendo concluido con la elaboración de este Código de Buen Gobierno, cuyos principios básicos son la transparencia, la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas, se aprobó y adoptó el 14 de diciembre de 2021 en el Seno de la Tercera Sesión del Pleno del SINADE, celebrada en Huatulco, Oaxaca México, con el fin de establecer un puente más eficiente y abierto de comunicación entre directivos de organizaciones e instituciones y comunidad deportivas.
Se considera que el hecho de que los miembros del SINADE cuenten con un Código de Buen Gobierno, principalmente las Federaciones Deportivas Mexicanas, es una forma de crear confianza hacia afuera y hacia adentro de las organizaciones deportivas. Es una forma de anunciar que la transparencia de acciones y operaciones es la regla y no la excepción; que los acuerdos que se logran internamente son conocidos por todos sus integrantes respaldando esa decisión.
Todos los miembros del SINADE, deben adoptar este Código en el seno sus instituciones y organismos deportivos con el objeto de establecer pautas de gobernanza y conducta, con base en los principios fundamentales establecidos en este instrumento, que de hecho, algunas instituciones y organismos deportivos lo aprobaron, tales como el Instituto Estatal del Deporte de Coahuila, la Federación Mexicana de Tiro con Arco, la Federación Mexicana de Deporte Escolar, la Asociación Panathlón Distrito México y el Consejo Nacional para el Desarrollo del Deporte en la Educación Media y Superior. Norma Olivia González Guerrero
Finalmente, y en seguimiento a la implementación de dicho Código de Buen Gobierno, se plantea la realización, en el mes de mayo de 2022, de un taller de presentación y capacitación de la Herramienta ante las distintas instituciones que integran el sector deporte en México.
Bajo este contexto, SESNA en colaboración con UNODC desarrollaron la denominada “Herramienta de Autodiagnóstico de Integridad y Anticorrupción para el Sector Deporte” que tiene como propósito que los miembros del SINADE cuenten con un instrumento ágil para, por un lado, identificar los elementos de integridad básica con los que cuentan en su operación y, por el otro, identificar los procesos sustantivos propensos a riesgos de corrupción, a través de una herramienta intuitiva y fácil de utilizar que les arrojará una señalización y recomendaciones para fortalecer sus controles organizacionales.
La Herramienta de Autodiagnóstico está integrada por dos apartados, el primero, sobre los elementos básicos de integridad señalados en el Código de Buen Gobierno y en buenas prácticas y, el segundo, para la identificación de riesgos de corrupción en procesos sustantivos mismos que se irán sumando de manera incremental.
1 La Convención fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en octubre de 2003 (resolución 58/4) y entró en vigor en diciembre de 2005. Al 6 de febrero de 2020, la última actualización de Estados Parte de la Convención es de 187 países. Más información sobre el estatus de firma y ratificación se encuentra en https://www.unodc.org/unodc/en/corruption/ratification-status.html Norma Olivia González Guerrero
2 Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. (2010). Guía técnica de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Viena Austria: Naciones Unidas. p. vii.
3 Código de Buen Gobierno, Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (México), Antecedentes, pp. 7 y 8.
4 Conferencia de los Estados Partes en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, Distr. General 14 de octubre de 2019, español, Original: inglés Recuperado de:
https://www.unodc.org/documents/treaties/UNCAC/COSP/session8/V1910207s.pdf
5 Código del Buen Gobierno, Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (México), pp. 9, 10 y 11.
6 Documento de SESNA enviado a CONADE, elaborado por Roberto Moreno Herrera, Titular de la Unidad de Riesgos y Política Pública de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.